Hace pocos días Xabadu inauguró CLH Express, una nueva sección que pretende responder de forma efectiva vuestras solicitudes, porque no podemos negarlo, nuestro buzón oficial de peticiones está que explota, día a día recibimos muchos correos y ya es hora de retribuir el cariño a todos aquellos que forman parte de esta comunidad.
Hoy tengo el agrado de publicar un tutorial solicitado hace casi un mes, por Elizabeth (omitiré mas datos para mantener confidencialidad): Cómo realizar una posesión efectiva, un trámite dirigido a herederos (de bienes, derechos y obligaciones) que acrediten el vínculo de parentesco o de matrimonio con la persona fallecida, cuando ésta no ha dejado un testamento, no importando la antigüedad de la fecha del fallecimiento.
Continúa leyendo este tutorial luego del salto….
En vista de que la solicitante de este tutorial es chilena, a continuación les presentaremos cómo realizar este trámite en este país.
Si bien el procedimiento es bastante sencillo, muchas personas se demoran mucho tiempo en realizar este trámite, exponiéndose a: Perder los bienes o reclamarlos cuando estos han perdido su valor o inclusive a que sean usados por quien no corresponde, reclamando propiedad al cabo de un tiempo. Por lo tanto, les recomendamos que no dilaten esta tarea y la hagan a la brevedad posible.
Les recordamos que si la persona fallecida (causante) dejó un testamento en el que dispone cómo serán repartidos esos bienes, el trámite de Posesión Efectiva de la Herencia se hace ante un Tribunal con la asistencia de un abogado.
Si el causante no dejó testamento, su herencia se denomina Intestada y la tramitación de la Posesión Efectiva se hace ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (generalmente en muchos países opera de esta forma), y no es necesaria la intervención de un abogado (aunque nunca está demás asesorarse por un profesional).
Posteriormente, el Director Regional de quien dependa la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación en donde se presentó la Solicitud resolverá mediante una Resolución Exenta que concede o rechaza la Posesión Efectiva, según si se ha cumplido o no con todos los requisitos establecidos. Si bien la Ley N° 19.903 no establece un plazo determinado, el Servicio resolverá las solicitudes en el menor tiempo posible… o en algunos casos, podrá tejer chalecos para toda su familia, leer varios libros y disfrutar de varios tutoriales en CLH.
El Registro Civil de Chile cuenta con una oficina virtual donde pueden hacer seguimiento y consultar por el estado de su solicitud.
En general no se requiere presentar otros documentos además del Formulario de Solicitud, sin embargo, hay casos excepcionales en donde sí deben acompañarse algunos antecedentes. Por ejemplo:
Solicitar la Posesión Efectiva no tiene costo, sin embargo dependiendo el valor de los bienes se pagan los siguientes aranceles:
Y con esto damos por terminado este nuevo tutorial, esperamos que Elizabeth pueda realizar sin problemas su posesión efectiva, así cómo también, todos aquellos que necesiten realizar este trámite.
Cualquier duda o comentario que puedan tener, los invitamos a dejarnos unas líneas en el área habilitada a continuación.
Muchas gracias por leer y será hasta una próxima oportunidad.
10:38:08 am
Hola, como estan. espero que muy bien
Quiero molestarlos con mis siguiente duda.
Estoy haciendo los tramites de la posesion efectiva, pero resulta que tengo dos hermanas que hace mas menos 20 años no sabemos nada de ellas, he sabido que una esta en Argentina pero el lugar especifico no lo se y de la otra no tenemos idea de su paradero.
Y el departamento en custion es mio pero estaba a nombre de mi padre y no hicimos nunca el traspaso.
Que puedo hacer, ojala puedan ayudarme
De ante mano muchas gracias
3:53:15 pm
el esposo muere y deja una viuda y 4 hijos adultos que ya estan casados, quien hereda la casa en la que vivia el matrimonio, ellos se habian casado con bienes mancomunado, ayudenme gracias
9:57:22 am
por favor podrian explicar como llenar el formulario que entrega el registro civil ya que es muy engorroso y si tiene falencias el registro lo rechaza de ante mano gracias
6:53:02 pm
8tff
6:19:39 pm
se puede realizar una posesion efectiva si el dueños de las propiedades esta enfermo(alzaimer) y como lo puedo hacer somos tres hermanos y uno esta en el extranjero ???
2:48:24 pm
Mi consulta es, tengo que hacer la posesion efectiva por mi papá y mamá fallecidos, y tengo la duda siguiente: tengo un hermano hace mas de 30 años fuera de Chile y que no logro ubicar, que debo hacer en este caso. gracias por la ayuda de antemano.
10:16:52 pm
En la tramitacion de la posesion efectiva de la conyuge (viuda)tienen que figurar los hijos ,aunque uno este fallecido ,pero casado ,con hijos que le preceden?¿o sólo es necesario que la conyuge lo haga solo a su nombre ?,y cuando fallezca se mencionen los hijos y nietos?
11:04:51 am
Genial los tutoriales,son claros y precisos,quisiera saber, mi abuela dejo un depto, nunca se hizo la posecion efectiva,es correcto que los herederos directos son los hijos y los nietos segun la ley que existia antes de 1989, acradeceria me respondieran.
12:38:19 pm
Hola quisera saber si soy heredera de una casa que era de mi abuelo donde vivia mi padre y madre los 3 ya fallecidos debo colocar en herederos HIJO DE o nietos y si tambien debo colocar los datos de mi padre como heredero ya q ninguna de los 2 hiso posesion efectiva al morir mi abuelo ademas mi tio hermano de mi abuelo le compro el 30% de la propiedad a mi abuelo hace unos años por ende nos correponde solo el 70% de esto entonces debo colocar el total del inmueble que son a la fecha 25 millones o los 17 millones sacandole el 30% cifra q tambien se coloca en total de pasivos .. otar cosa mi medio hermano por parte de madre tambien lo debo colocar como heredero y colocar Hijo DE ??? eso es gracias
9:41:38 pm
HOLA ,MIS TIOS HISIERON LA PASESION EFECTIVA DE DOS CASAS PERO DESCUBRIMOS QUE EL ABOGADO QUE SE CONTRATO PARA HACERLAS NO LAS INSCRIBIO EN BIENES RAISES ,COMO TENEMOS QUE HACERLO ,ANTIGUAMENTE SE HACIA A TRAVEZ DE ABOGADOS CHANTAS COMO ESTE