Hace pocos días Xabadu inauguró CLH Express, una nueva sección que pretende responder de forma efectiva vuestras solicitudes, porque no podemos negarlo, nuestro buzón oficial de peticiones está que explota, día a día recibimos muchos correos y ya es hora de retribuir el cariño a todos aquellos que forman parte de esta comunidad.
Hoy tengo el agrado de publicar un tutorial solicitado hace casi un mes, por Elizabeth (omitiré mas datos para mantener confidencialidad): Cómo realizar una posesión efectiva, un trámite dirigido a herederos (de bienes, derechos y obligaciones) que acrediten el vínculo de parentesco o de matrimonio con la persona fallecida, cuando ésta no ha dejado un testamento, no importando la antigüedad de la fecha del fallecimiento.
Continúa leyendo este tutorial luego del salto….
En vista de que la solicitante de este tutorial es chilena, a continuación les presentaremos cómo realizar este trámite en este país.
Si bien el procedimiento es bastante sencillo, muchas personas se demoran mucho tiempo en realizar este trámite, exponiéndose a: Perder los bienes o reclamarlos cuando estos han perdido su valor o inclusive a que sean usados por quien no corresponde, reclamando propiedad al cabo de un tiempo. Por lo tanto, les recomendamos que no dilaten esta tarea y la hagan a la brevedad posible.
Les recordamos que si la persona fallecida (causante) dejó un testamento en el que dispone cómo serán repartidos esos bienes, el trámite de Posesión Efectiva de la Herencia se hace ante un Tribunal con la asistencia de un abogado.
Si el causante no dejó testamento, su herencia se denomina Intestada y la tramitación de la Posesión Efectiva se hace ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (generalmente en muchos países opera de esta forma), y no es necesaria la intervención de un abogado (aunque nunca está demás asesorarse por un profesional).
Posteriormente, el Director Regional de quien dependa la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación en donde se presentó la Solicitud resolverá mediante una Resolución Exenta que concede o rechaza la Posesión Efectiva, según si se ha cumplido o no con todos los requisitos establecidos. Si bien la Ley N° 19.903 no establece un plazo determinado, el Servicio resolverá las solicitudes en el menor tiempo posible… o en algunos casos, podrá tejer chalecos para toda su familia, leer varios libros y disfrutar de varios tutoriales en CLH.
El Registro Civil de Chile cuenta con una oficina virtual donde pueden hacer seguimiento y consultar por el estado de su solicitud.
En general no se requiere presentar otros documentos además del Formulario de Solicitud, sin embargo, hay casos excepcionales en donde sí deben acompañarse algunos antecedentes. Por ejemplo:
Solicitar la Posesión Efectiva no tiene costo, sin embargo dependiendo el valor de los bienes se pagan los siguientes aranceles:
Y con esto damos por terminado este nuevo tutorial, esperamos que Elizabeth pueda realizar sin problemas su posesión efectiva, así cómo también, todos aquellos que necesiten realizar este trámite.
Cualquier duda o comentario que puedan tener, los invitamos a dejarnos unas líneas en el área habilitada a continuación.
Muchas gracias por leer y será hasta una próxima oportunidad.
10:09:43 am
exelente tutorial chicos.
no puedo decir mas que gracias
10:20:18 am
Gracias @karlanga, para eso estamos.
4:49:35 pm
Les faltó la segunda y tercera patita: ¿qué trámites hay que hacer en el SII? y ¿hay que inscribirla en el Conservador de Bienes Raíces?
saludos,
4:53:48 pm
@deivid tienes razón, consideraremos esos puntos para un próximo tutorial…
Saludos.
11:32:15 pm
HOLA, NECESITO HACER LA POSESION EFECTIVA DE LA CASA DE MIS ABUELOS. SOY LA HIJA DE UNO DE LOS HEREDEROS. QUIERO SABER SI YO, AL NO SER EL HEREDERO DIRECTO¿PUEDO REALIZAR LOS TRAMITES? ¿ES NECESARIO HACERLO EN EL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DONDE SE ENCUENTRA LA PROPIEDAD O PUEDO DESDE OTRA CIUDAD? ESTOY MUY PREOCUPADA PORQUE ES UNA PROPIEDAD ANTIGUA Y YA HAN FALLECIDO 3 DE LOS HEREDEROS. NECESITO URGENTE UNA ORIENTACIÓN YA QUE EN MI FAMILIA NADIE MAS TIENE TIEMPO PARA REALIZAR ESTE TRAMITE. GRACIAS.
12:38:19 pm
Hola Katty,
1. Puedes hacer tú los trámites, pero debes tener un poder para ello, lo puedes solicitar en el registro civil, junto a los herederos directos.
2. El trámite de posesión lo puedes hacer en cualquier oficina de registro civil.
1:28:37 pm
Hola: mi consulta es la siguiente : mi esposa fallecio el año 98 y tengo dos hijos mayores, tengo que hacer la posesion efectiva para vender un departamento con deuda hipotecaria que compre estando casado en sociedad conyugal. La fallecida no figura con la deuda hipotecaria. En el formulario ¿tengo que poner el departamento como si ella hubiera sido la propietaria? Y si es asi, ¿al valor actual del depto.? ¿al valor actual de la deuda? gracias por responder
2:32:52 pm
Hola @Nestor, si no existe un testamento de por medio, puedes proceder con el formulario, probablemente antes que todo, se deba realizar una tasación del inmueble, sin embargo, cómo muchos casos son tratados de forma especial, te recomiendo que te asesores por un experto y asistas al registro civil, o en su defecto, que puedas buscar información más específica en el sitio web (http://www.registrocivil.cl/).
Saludos.
3:30:27 pm
Hola que sucede con aquellas propiedades que son intestadas y los herederos son sobrinos, de los cuales nunca reclamaron por lo cual se hicieron arreglos, construcciones y ahora desean vender la propiedad.?
3:47:06 pm
Que pasa con las inversiones se pierden?